Plan Veo
INFORMACIÓN
Antonio Martínez (Fuente: Ministerio de Sanidad)
12/23/20256 min read


¿Qué es el Plan Veo?
El Plan Veo es un programa de ayudas aprobado por el Ministerio de Sanidad para financiar la compra de sistemas de ayuda visual hasta 100 € por persona beneficiaria al año.
La implementación del programa se realiza en colaboración con el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas.
A quién está dirigido el Plan Veo?
Las personas beneficiarias del Plan Veo son todas las personas menores de edad hasta los dieciséis años, inclusive, que tengan derecho a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos por parte del Sistema Nacional de Salud.
¿Qué productos incluye el Plan Veo?
El Plan Veo financia, hasta 100 €, la adquisición de los siguientes sistemas de ayuda visual: a) Montura básica con lentes graduadas orgánicas con antirreflejante. b) Lentes graduadas orgánicas con antirreflejante. Esta opción es para aquellas situaciones en las que solamente se desee cambiar las lentes de las gafas. c) Lentes de contacto de material hidrofílico o gas permeable y la solución líquida para lentes de contacto necesaria para su mantenimiento, ambas en una cuantía suficiente para su uso durante un periodo de un año (trescientos sesenta y cinco días).
¿Dónde puedo comprar los productos incluidos en el Plan Veo?
Nuestro establecimiento está adherido al Plan Veo, por lo que puedes adquirir estos productos en nuestro centro. Después de realizar un completo examen visual y tras descartar cualquier componente patológico buscaremos la mejor alternativa para el paciente de nuestro establecimiento sanitario.
¿Qué requisitos hay que cumplir para acceder al Plan Veo?
Para poder acceder al Plan Veo, las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:
Tener cumplidos dieciséis años o menos en el momento de acceder al Plan Veo.
Tener derecho a la asistencia sanitaria con cargo a fondos públicos por parte del Sistema Nacional de Salud. Este requisito se podrá acreditar facilitando el código CIPA, el cual figura en la tarjeta sanitaria o en el documento certificativo para recibir asistencia sanitaria expedido por la comunidad autónoma (Tarjeta sanitaria con el número SIP en la Comunidad Valenciana).
Tener un problema de refracción diagnosticado susceptible de ser corregido mediante un sistema de ayuda visual incluido en el Plan Veo.
¿Cómo se accede al programa del Plan Veo?
El acceso puede darse de las siguientes maneras:
Personas que acceden por primera vez al Plan Veo.
Si la persona beneficiaria tiene cinco años o menos, necesitará contar con una prescripción del problema de refracción emitida por alguno de los siguientes:
Profesional de oftalmología o profesional de óptica-optometría de un servicio de oftalmología del Sistema Nacional de Salud, o del servicio en el que presten servicio según el caso.
Profesional de oftalmología o de óptica-optometría de un servicio de oftalmología del sistema privado, o del servicio en el que presten servicio según el caso.
Si la persona beneficiaria tiene seis años o más, necesitará contar con una prescripción del problema de refracción emitida por algunos de los siguientes:
Profesional de oftalmología o profesional de óptica-optometría de un servicio de oftalmología del Sistema Nacional de Salud, o del servicio en el que presten servicio según el caso.
Profesional de oftalmología o de óptica-optometría de un servicio de oftalmología del sistema privado, o del servicio en el que presten servicio según el caso.
Profesional de óptica-optometría de un establecimiento sanitario de óptica participante en el Plan Veo. La persona titular del establecimiento deberá velar por que, en caso de sospecha de que los problemas de refracción se deban a una patología, el profesional de óptica-optometría recomiende a la persona beneficiaria, o a su padre/madre/persona responsable de la tutela, acudir a un profesional médico del Sistema Nacional de Salud o del sistema sanitario privado para recibir una evaluación.
Personas que acceden por segunda vez al Plan Veo
En este caso, la persona beneficiaria, independientemente de la edad, siempre que tenga dieciséis años o menos, podrá acceder a través de una revisión por parte de un profesional de oftalmología del sistema sanitario público o privado, o por un profesional de óptica-optometría que realice su actividad en dichos servicios, o por un profesional de óptica-optometría que preste servicios en un establecimiento sanitario de óptica que participe en el Plan Veo, para confirmar el diagnóstico de problema de refracción y tener una prescripción de gafas, lentes graduadas o lentes de contacto en formato receta.
¿Qué documentación hay que presentar para acceder al Plan Veo?
Una vez la persona beneficiaria cuente con un diagnóstico de un problema de refracción y con la prescripción del sistema de ayuda visual, podrá acudir a un establecimiento sanitario de óptica adherido al Plan Veo para solicitar el acceso al Plan Veo. El profesional óptico-optometrista deberá solicitar la siguiente información:
La prescripción del problema de refracción y del sistema de ayuda visual en formato receta.
Nombre y apellidos de la persona menor de edad beneficiaria.
Nombre y apellidos del padre/madre/tutor responsable.
Número del documento de identificación de la persona beneficiaria, en caso de disponer del mismo, así como del padre/madre/tutor responsable de la tutela.
Número del código CIPA, recogido en la tarjeta sanitaria o en el documento certificativo de asistencia sanitaria expedido por la comunidad autónoma.
Anexo I del convenio entre el Ministerio de Sanidad y el Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas firmado y cumplimentado por el padre/madre/tutor responsable.
Con esta información, el profesional óptico registrará el expediente en la aplicación web del Plan Veo. La persona beneficiaria, o su padre/madre/tutor, no deberá realizar ningún trámite añadido. La persona que haya realizado la solicitud recibirá un aviso de la óptica informándole de la disponibilidad de sus gafas o lentillas financiadas con el Plan Veo.
¿Se pueden adquirir sistemas de ayuda visual cuyo precio sea superior a 100 euros?
Sí. Las ayudas del Plan Veo contemplan la financiación de hasta 100 € como cantidad máxima para la adquisición de sistemas de ayuda visual. En el caso de que el precio sea inferior a la cuantía máxima, se financiará hasta el precio del producto y no se tendrá que abonar nada por parte de la persona beneficiaria. En el caso de que el precio esté por encima de la cuantía máxima, el Plan Veo financiará hasta 100 euros y la persona beneficiaria deberá aportar el resto hasta igualar el precio del producto.
¿Se puede acceder por segunda vez al Plan Veo?
Sí. Es necesario que hayan transcurrido trescientos sesenta y cinco días (un año) desde la primera adquisición de sistemas de ayuda visual a través del Plan Veo para poder volver a solicitar las ayudas.
¿Hasta cuándo se puede acceder al Plan Veo?
El acceso a las ayudas del Plan Veo podrá realizarse hasta el 31 de diciembre de 2026.
¿Se puede acceder a las ayudas del Plan Veo de manera retroactiva?
No. No es posible subvencionar de manera retroactiva la adquisición de gafas o lentillas, tal y como se recoge en el artículo 10.3 del Real Decreto 902/2025, de 7 de octubre, por el que se establecen las normas reguladoras para la prestación de sistemas de ayuda visual a personas menores de edad de hasta dieciséis años, en el que se indica que el importe no será reembolsable. Por otro lado, la adquisición de sistemas de ayuda visual requiere la acreditación de una serie de requisitos, tanto por parte de los establecimientos y profesionales, como por parte de las personas beneficiarias, y la habilitación de la aplicación web para gestionar la adhesión de las personas titulares, el alta de los establecimiento sanitario de óptica y los profesionales ópticos-optometristas, y la gestión de las ayudas. Por ello, cualquier compra realizada antes de la habilitación de la aplicación del Plan Veo que permitía gestionar el acceso a las ayudas no puede acogerse a las ayudas del Plan Veo de manera retroactiva.
¿Puedo acceder al Plan Veo si he recibido otras ayudas para la compra de sistemas de ayuda visual de otras administraciones con anterioridad?
Sí. El Plan Veo es compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que se hayan recibido con anterioridad para la compra de sistemas de ayuda visual, siempre que no se supere la cuantía máxima fijada por el Plan Veo. Antes de recibir las ayudas del Plan Veo, se deberá declarar la cuantía recibida con anterioridad y se financiará la diferencia entre la cuantía máxima fijada por el Plan Veo y la cuantía recibida con ayudas previas.
Este resumen de dudas frecuentes de los beneficiarios del Plan Veo, tiene como fuente el Ministerio de Sanidad.
Consejo
Si tienes alguna duda sobre la aplicación del Plan Veo, puedes pasar por nuestros establecimiento, y te las resolveremos. Si lo prefieres puedes ponerte en contacto con nosotros a través del botón adjunto.
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